Policía Local

¿QUIÉNES SOMOS?

La Policía Local es un Cuerpo de Seguridad dependiente de la Corporación local, que participa en el mantenimiento de la seguridad pública. Las Policías Locales se ha configurado como Institutos armados de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada y en todas sus actuaciones se rige por lo que establece la Ley de Bases de Régimen Local, Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las Leyes de Coordinación de Policías Locales de las diferentes Comunidades Autónomas, así como por Reglamentos específicos del Cuerpo y otras normas dictadas por las correspondientes administraciones locales.

Funciones


La Policía Local entre las diversas funciones que tiene tendríamos que señalar las definidas en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el art. 53.
Estas funciones son:

  • La protección de las autoridades de las Corporaciones locales y la vigilancia o custodia de sus edificios y instalaciones.
  • La ordenación, señalización y dirección del tráfico urbano de acuerdo con las normas de circulación.
  • La instrucción de atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
  • La policía administrativa referente a ordenanzas, bandos y otras disposiciones de la Corporación.
  • La participación en las funciones de policía judicial. Según el art. 12 de la citada ley las funciones de Policía Judicial son:
    • Auxiliar a Jueces, tribunales y al ministerio fiscal en la investigación de delitos y en descubrimiento y la detención de los delincuentes, cuando sean requeridos para ello.
    • Practicar por iniciativa propia o a requerimiento de la autoridad judicial, del ministerio fiscal o de superiores jerárquicos, las primeras diligencias de prevención de custodia de detenidos y la prevención y la custodia de los objetos provenientes de un delito o relacionados con la ejecución de este, de las cuales actuaciones se han de dar cuentas, en los términos establecidos legalmente, a la autoridad judicial o al ministerio fiscal, de cuerdo con la normativa vigente.

Estas funciones se han de cumplir de acuerdo con los principios de cooperación mutua y de colaboración recíproca con el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

  • Realizar diligencias de prevención.
  • Todas aquellas actuaciones tendentes a evitar actos delictivos.
  • El auxilio en accidentes o catástrofes ( participando con Protección Civil).
  • La vigilancia de espacios públicos y la colaboración con otros cuerpos de Policía en la protección y mantenimiento del orden en las manifestaciones o grandes concentraciones humanas.
  • La cooperación en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
  • Velar por el cumplimiento de la normativa de medio ambiente y protección del entorno.
  • Llevar a cabo las actuaciones necesarias a garantizar la seguridad viaria en el municipio.
  • Cualquier otra función de policía y de seguridad que de acuerdo con la legislación les sean encomendadas.

En la práctica y especialmente de Policía Local ocupa una gran parte de su tiempo en funciones de auxilio y de asistencia social: mediación en peleas y conflictos, traslado de enfermos, heridos y enfermos mentales, intentos de suicidio, alcohólicos, niños con dificultades, drogadictos, emergencias, vigilancia ecológica y rural, mejora de calidad de vida (humos, ruidos, etc..), vigilancia en actos populares, informaciones diversas, etc.

Información y contacto

  • Dirección: El Mercáu s/n (Acceso también por el "Parque del Minero")
  • Código postal: 33800
  • Población: Cangas del Narcea
  • Provincia: Asturias
  • Teléfono: 985 813 866  -  608 167 909  -  112 (Emergencias)
  • Fax: 985 81 00 81