APROBACIÓN INICIAL DE DESAFECTACIÓN DE BIENES INMUEBLES
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APROBACIÓN INICIAL DE DESAFECTACIÓN DE BIENES INMUEBLES
APROBACIÓN INICIAL DE DESAFECTACIÓN DE BIENES INMUEBLES
El Pleno Corporativo de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 12 de mayo de 2020, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobar inicialmente la desafectación de los bienes inmuebles que a continuación se relacionan, modificando su calificación de bien de dominio público a bien de carácter patrimonial:
Abanceña - H20101400PH98A0001OS
Adralés - A10100500PH98B0001PZ
Augüera - F30101500PH97F0001UJ
Auguera - A20101400PH97E0001PI
Antráu - 33011A015006450000KK
Viescas - F20102000QH08G0001PL
Bornazal - 33011A020000290000KE
Carceda - F20200400QH08E0001JQ
L'Outeiru - B10800700QH07A0001UJ
Xedré - J20100900PH96F0001JM
Eirrondu de Bisuyu - C30901800PH98C0001SU
La Nisal - T20300400QH08B0001PB
Mieldes (antigua escuela) - P10202100QH18G0001FM
Mual - X20301100PH96G0001YO
Monesteriu - X30300800PH87D0001ZK
Piñera - T10202000QH07E0001AU
Pousada de Rengos - U10302500PH96G0001TO
San Pedru Culiema --
Sorrodiles de Cibea - F40702900QH07B0001DE
Val.láu - F40800900QH06H0001UJ
Vil.lalái - Y20300500QH07G0001GW
Vil.larmental - Z10401200QH07E0001IU
Segundo.Exponer al público el expediente en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de 20 días para que los interesados presenten las alegaciones que estimen oportunas, y en el caso de que no se presentase ninguna alegación, se elevará este acuerdo a definitivo.
Tercero.Cuando el presente acuerdo sea definitivo, deberá realizarse el acto de recepción formal del bien inmueble que ha sido desafectado, de conformidad con el art. 8.3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Cuarto.Facultar al Alcalde para que suscriba los documentos que sean necesarios en orden a la ejecución de lo acordado.
Cangas del Narcea, 21 de mayo de 2020. El Alcalde. Cód. 2020-03655