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APROBACIÓN INICIAL DE DESAFECTACIÓN DE BIENES INMUEBLES

El Pleno Corporativo de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 12 de mayo de 2020, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

 

Primero. Aprobar inicialmente la desafectación de los bienes inmuebles que a continuación se relacionan, modificando su calificación de bien de dominio público a bien de carácter patrimonial:

 

  • Abanceña - H20101400PH98A0001OS
  • Adralés - A10100500PH98B0001PZ
  • Augüera - F30101500PH97F0001UJ
  • Auguera - A20101400PH97E0001PI
  • Antráu - 33011A015006450000KK
  • Viescas - F20102000QH08G0001PL
  • Bornazal - 33011A020000290000KE
  • Carceda - F20200400QH08E0001JQ
  • L'Outeiru - B10800700QH07A0001UJ
  • Xedré - J20100900PH96F0001JM
  • Eirrondu de Bisuyu - C30901800PH98C0001SU
  • La Nisal - T20300400QH08B0001PB
  • Mieldes (antigua escuela) - P10202100QH18G0001FM
  • Mual - X20301100PH96G0001YO
  • Monesteriu - X30300800PH87D0001ZK
  • Piñera - T10202000QH07E0001AU
  • Pousada de Rengos - U10302500PH96G0001TO
  • San Pedru Culiema --
  • Sorrodiles de Cibea - F40702900QH07B0001DE
  • Val.láu - F40800900QH06H0001UJ
  • Vil.lalái - Y20300500QH07G0001GW
  • Vil.larmental - Z10401200QH07E0001IU

Segundo.Exponer al público el expediente en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de 20 días para que los interesados presenten las alegaciones que estimen oportunas, y en el caso de que no se presentase ninguna alegación, se elevará este acuerdo a definitivo.

Tercero.Cuando el presente acuerdo sea definitivo, deberá realizarse el acto de recepción formal del bien inmueble que ha sido desafectado, de conformidad con el art. 8.3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

 

Cuarto.Facultar al Alcalde para que suscriba los documentos que sean necesarios en orden a la ejecución de lo acordado.

 

Cangas del Narcea, 21 de mayo de 2020. El Alcalde. Cód. 2020-03655