Funciones de la Junta de Gobierno Local
La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno.
Según el art. 23 LBRL le corresponde:
- La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
- Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes. En caso de que existan delegaciones.
Composición:
- Presidente: Don José Luis Fontaniella Fernández
- Doña Cristina Vega Morán
- Don José Manuel Menéndez Fernández
- Don Ángel Menéndez González
- Doña Alba García González
- Don Marcial Fernández Fernández